Nueva normativa cambiaria estimula la actividad exportadora

Nueva normativa cambiaria estimula la actividad exportadora

Con la modificación del Convenio Cambiario Nº 34, publicado este 9 de septiembre en Gaceta Oficial N°40.895, que sustituye al publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 40.851 del 18 de febrero de 2016, se han aprobado nuevas normas que rigen la actividad exportadora, todo ello para el fortalecimiento de la economía productiva y, en especial, el mayor despliegue del Motor Exportador, aseguró el ministro del Poder Popular para el Comercio Exterior e Inversión Extranjera, Jesús Faría.

El ministro afirmó, igualmente, que estas nuevas normas persiguen el incremento de ingresos de divisas al país, la consolidación de la confianza entre el gobierno y el sector exportador, el aumento de la producción nacional y, “obviamente, se persigue elevar el dinamismo de las exportaciones no petroleras y sentar las bases para el desarrollo de un potente sector exportador nacional”.

Esta es una tarea de enorme significado, aseguró el Ministro de Comercio Exterior e Inversión Internacional, “pues de ello depende la diversificación de nuestras fuentes de divisas y, en buena medida, el desarrollo industrial en el marco de la construcción de un modelo productivo”.

Resaltó, que estas normas contemplan, por una parte, un esquema en el cual la empresa exportadora conserva el 100% de los ingresos por concepto de exportaciones, en los casos dicha empresa esté adquiriendo capital de trabajo con divisas propias (incluye financiamiento en divisas). La retención del 100% será válido hasta que recupere la posición de divisas, empleadas para potenciar la actividad exportadora. Es preciso aclarar, que no se consideran “recursos propios” en esta norma, el 60% que se obtiene de exportaciones que se viene realizando en estos momentos o el financiamiento de entes públicos nacionales. Esto es válido solo para recursos nuevos, que se integran al sistema productivo nacional.

Luego de recuperar el 100% de lo invertido en capital de trabajo, se establece nuevamente el esquema convencional, de acuerdo al cual el exportador mantiene el 60% de sus exportaciones, mientras el 40% debe ser reportado al Estado a la tasa de cambio vigente en el Dicom, “que es muy atractiva para la actividad exportadora”, indicó.

Esta medida busca masificar el retorno de capitales salidos de la economía venezolana y su incorporación en el desarrollo nacional a través de la confianza y seguridad jurídica en el empleo de los recursos.

El ministro de Comercio Exterior e Inversión Extranjera agregó, que la normativa cambiaria permite el uso del 60% para atender las necesidades de la unidad productiva, sin restricciones, lo cual indica la confianza que tiene el gobierno nacional en el sector exportador, la creciente transparencia que se viene desarrollando en las actividades de esta naturaleza.

En líneas generales, las nuevas normas cambiarias para los exportadores constituyen un incentivo para las exportaciones y una apertura para captar nuevas fuentes de divisas, recalco el ministro. Desde el gobierno bolivariano estamos convencidos que los exportadores empelaran esos recurso de la manera más racional y seguirán invirtiendo en el desarrollo de sus empresas y del país.

El ministro aseveró que este es un logro de la Agenda Económica Bolivariana, del Consejo Nacional de Economía Productiva, que se ha convertido en un espacio para el amplio debate y dialogo en el ámbito de la economía, y especialmente del Motor Exportador.

Noticias Ministerio del Poder Popular para  el Comercio Exterior e inversión internacional
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